Capitulacionesmatrimoniales. II. CAPITULACIONES MATRIMONIALES. Nuestra ley civil permite concluir convenciones entre los esposos destinadas a fijar, antes o al momento de celebrarse el matrimonio, las relaciones patrimoniales que ligar谩n a los c贸nyuges. El art铆culo 1715 del C贸digo Civil pone acento en que se trata de 鈥渃onvenciones de
Laprincipal diferencia entre la separaci贸n de bienes y el r茅gimen de gananciales es c贸mo se gestionan los bienes durante el matrimonio. En el r茅gimen de gananciales, los c贸nyuges comparten los bienes adquiridos durante el matrimonio, mientras que en la separaci贸n de bienes cada c贸nyuge mantiene su independencia Enresumen, la elecci贸n entre la separaci贸n de bienes y el r茅gimen de gananciales en las capitulaciones matrimoniales puede tener importantes implicaciones para la planificaci贸n financiera y patrimonial de una pareja. Depender谩 de las circunstancias y objetivos individuales de cada pareja determinar qu茅 r茅gimen es m谩s adecuado para ellos. R茅gimende separaci贸n de bienes: Recogido en el art. 1437 del C贸digo Civil su caracter铆stica principal es que los bienes que se tuvieran en el momento inicial del mismo y los que se adquieran despu茅s por cualquier t铆tulo, pertenecer谩n a cada c贸nyuge, es decir, que cada c贸nyuge conserva la propiedad de todos sus bienes obtenidos antes ySeparaci贸nde bienes sin divorcio. Como ya lo se帽alamos, es posible hacer una separaci贸n de bienes sin que haya divorcio, y esa separaci贸n de bienes puede llevarse a cabo antes del matrimonio con las capitulaciones, o luego del matrimonio por acuerdo entre las partes.. 0 214 341 36 0 335 82 23 373